En términos simples, estos son documentos que definen condiciones que deben ser acatadas por el trabajador, no sólo para proteger su integridad, sino que también para saber qué comportamientos son los adecuados de acuerdo al perfil de la empresa.
Existen dos tipos de reglamentos internos:
Ambos documentos son valiosos tanto para la empresa como para los trabajadores porque resumen las condiciones necesarias para una sana convivencia, y también se incluyen las acciones a seguir para prevenir accidentes y enfermedades laborales.
Las empresas tienen la responsabilidad de difundir los reglamentos a todos los trabajadores junto con reforzar la información periódicamente. Por lo general, este material se entrega cuando una persona inicia sus labores en una organización, pero con el tiempo pasa a ser una herramienta olvidada por todos.
Por eso es importante que los trabajadores tomen la iniciativa y si no han tenido acceso al texto, lo exijan al área de prevención (o similar) de la empresa. Es fundamental que los colaboradores lo conozcan ya que es un documento que fija aspectos que se deben poner en práctica diariamente, desde que comienza hasta que finaliza el turno.
El reglamento interno es donde se explica cómo funcionan ciertos procesos y las acciones que se esperan de parte los trabajadores para lograr una sana convivencia, sin poner en riesgo su vida ni la de sus compañeros. Por eso es fundamental conocerlo, comentarlo y tenerlo a mano en caso de cualquier problema.
Respecto a la higiene y seguridad, el reglamento interno debe establecer obligaciones para los trabajadores, tales como:
Las empresas que cuentan con diez o más trabajadores deben agregar al reglamento de higiene un anexo con aspectos relativos al orden. Sobre esto, el Artículo nº 154 del Código del Trabajo establece que al menos se debe hacer mención a:
El texto también debe incluir una cláusula donde se determinen sanciones para los casos en los que un trabajador no respete la normativa. Las multas deberán ser proporcionales a la gravedad de la infracción: en primera instancia, se aplica una amonestación verbal y luego una notificación por escrito; en casos más graves será una multa que no podrá exceder la cuarta parte del salario diario.
Link Relacionados
Documentos Relacionados