Las empresas con menos de 50 trabajadores podrán solicitar una vez al año, la sustitución de la multa impuesta por la autoridad sanitaria o la Dirección del Trabajo ante infracciones en materia de higiene y seguridad por la incorporación en un Programa de Asistencia al Cumplimiento (PAC).
El Programa de Asistencia al Cumplimiento deberá considerar la corrección de la o las deficiencias que dieron origen a la sanción y la puesta en marcha de un sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SGSST). Este programa deberá ser implementado con la asistencia técnica de la mutualidad a la que se encuentre adherido y deberá ser presentado para su aprobación a la respectiva entidad fiscalizadora (Dirección del Trabajo o la autoridad sanitaria SEREMI).
Para la aplicación de este procedimiento, las empresas deberán considerar lo siguiente:
Dentro de 15 días hábiles desde la solicitud de incorporación, la ACHS emitirá a la empresa infractora un Certificado de Incorporación al Programa de Asistencia al Cumplimiento que acredite la incorporación al programa, el cual reflejará el estado de implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo y de las medidas correctivas para las infracciones constatadas.
La empresa deberá entregar este Certificado a la respectiva entidad fiscalizadora (Dirección del Trabajo o la autoridad sanitaria SEREMI) y será la autoridad quien decide si aceptar o no este recurso de sustitución.
En caso de que se verifique el incumplimiento de la implementación de las medidas prescritas para corregir las infracciones en materia de higiene y seguridad, en el plazo prescrito, se deberá informar esta situación a la SEREMI de Salud o a la Dirección del Trabajo, según corresponda.
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