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Obligación de informar riesgos laborales

Dentro de una organización, la prevención de accidentes y enfermedades del trabajo son responsabilidad tanto del empleador como de los trabajadores, y según establece nuestra legislación, el empleador tiene la obligación de informar a sus colaboradores sobre los peligros y riesgos que están presentes en sus labores

El Art 21° del Decreto Supremo N° 40 establece que los empleadores deben informar oportunamente a sus trabajadores sobre los peligros y riesgos que entrañan sus labores, así como también respecto a las medidas preventivas y los métodos de trabajo correctos. Lo anterior en función de la actividad que realice la organización.

Se le debe poner especial atención en informar respecto a los elementos, sustancias y productos químicos que los trabajadores utilizarán en los procesos de producción o en su trabajo, y que deben contar con la identificación correspondiente (fórmula, aspecto y olor). Asimismo, se debe informar sobre los límites de exposición permisibles de esos productos, los peligros que estos presentan para la salud y las medidas de control y prevención que deban adoptar para evitar tales riesgos.

¿Por qué es importante?

Tener trabajadores informados respecto a los peligros, riesgos, medidas de prevención y los métodos correctos de trabajo, permite que ellos puedan saber y entender a lo que se exponen cuando trabajan, así como las acciones que deben realizar para evitar accidentes y enfermedades en el ejercicio de sus funciones.

¿Qué se debe informar?

Por cada puesto de trabajo, se debe informar todos los peligros de accidentes y enfermedad profesional que se presentan, producto de la realización de ese trabajo. Adicionalmente se debe indicar qué medidas de control se deben aplicar, sean estas ingenieriles (sistemas de protección/sensores), administrativas (procedimientos de trabajo) o de protección personal. En el caso de las sustancias químicas te debes apoyar en la hoja de datos de seguridad (HDS).

¿Cómo se debe informar?

Mediante el proceso de inducción de los trabajadores nuevos en la empresa o que han sido reubicados en nuevos puestos de trabajo. Pueden usarse medios escritos o audiovisuales, importante es que los trabajadores personalmente revisen la información y se deje un registro de lo que toman conocimiento.

A tener en cuenta

  • Esta actividad preventiva se debe realizar en forma permanente, evitando la improvisación en los trabajadores y ayudándolos a estar atentos y conscientes de sus tareas
  • Evalúa la comprensión y aplicación de las medidas de control mediante pruebas escritas u orales, observaciones e inspecciones de seguridad, retroalimenta positivamente a quienes se destaquen por su compromiso con la seguridad
  • Vigila el cumplimiento de las medidas preventivas (supervisión y reconocimiento positivo al compromiso)
  • Actualiza la información cuando corresponda, cuando haya cambios en el proceso y especialmente cuando ocurran accidentes
  • Lleva un registro de todos los cambios de las herramientas, equipos y/o tecnología
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